Novedades IRPF 2010: Deducciones Autonómicas en Galicia

  • De 300 € por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente, provisional o preadoptivo, administrativo o judicial, formalizado por el órgano competente en materia de menores de la Xunta de Galicia, siempre que conviva con el menor más de 183 días durante el período impositivo y no tenga relación de parentesco. Si el tiempo de convivencia fuese inferior a 183 días y superior a 90, la deducción será la mitad.
  • Del 20 por 100, con un límite de 4.000 €, de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en sociedades anónimas, limitadas, anónimas laborales o limitadas laborales.
  • Del 20 por 100, con un límite de 4.000 €, de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital suscritos por medio del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.
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