Declaración de movimientos de Medios de Pago S-1

Están obligadas a presentar declaración, las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que, actuando por cuenta propia o de terceros, realicen los siguientes movimientos de medios de pago:

Salida o entrada en territorio nacional de moneda metálica, billetes de banco y cheques bancarios al portador denominados en moneda nacional o en cualquier otra moneda o cualquier medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago, por importe igual o superior a 10.000 euros por persona y viaje.

Movimientos por territorio nacional de medios de pago consistentes en moneda metálica, billetes de banco nacional o en cualquier otra moneda o cualquier medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago, por importe igual o superior a 100.000 euros. A efectos de la presente Orden, se entenderá por “movimiento” cualquier cambio de lugar o posición que se verifique en el exterior del domicilio del tenedor de los medios de pago.

No será de aplicación a los cheques nominativos.

La referencia a medios de pago electrónicos no comprende las tarjetas nominativas de crédito o débito.

Siempre que acrediten debidamente su condición, no estarán obligados a presentar declaración los sujetos obligados a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 2 del Reglamento de la Ley 19/1993 , de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, respecto de los movimientos directamente relacionados con su actividad profesional o empresarial.

La presentación telemática de la  declaración de  movimientos de Medios de Pago, modelo S-1  debe realizarse con certificado de usuario.

Exclusivamente en el caso de  entrada en territorio nacional procedente de un Estado Miembro de la Unión Europea de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera por persona , a través de paso fronterizo en que no existan Servicios de Aduanas permanentes, se permitirá la presentación telemática de la   declaración sin certificado de usuario

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