El Sergas incrementa el control para regularizar las tarjetas sanitarias de no cotizantes

Cada vez son más el número personas que han perdido su trabajo y agotado su prestación por desempleo. La tarjeta sanitaria ordinaria asegura únicamente su cobertura sanitaria gratuita hasta 90 días después de la última cotización.

Para seguir accediendo a la cobertura gratuita de salud, deberán dependiendo de las circunstancias particulares, optar por alguna de estas alternativas:

Ponerse como beneficiarias (hasta que la persona vuelva a trabajar) de la cobertura sanitaria de su cónyuge, pareja o familiar que conviva en el mismo domicilio por lo menos durante 1 año. Para ello deberán acreditar en el INSS

  • DNI
  • Certificado de empadronamiento conjunto
  • DNI  y tarjeta sanitaria de la persona que lo va a acoger en su cobertura.

Establecerse en el régimen 29,cuando hayan estado trabajando por lo menos 1 día en el año inmediatamente anterior desde la fecha de solicitud. Deberá acreditar en el centro de salud que corresponda

  • DNI
  • Certificado da empresa y tarjeta sanitaria.
  • A cobertura será solamente a nivel de Galicia y el período de cobertura será de 2 años.

Solicitar la tarjeta sanitaria de Población sin recursos, cando no se cumplan los requisitos para tramitar las soluciones anteriores. Para ello deberá acreditaren el centro de salud que corresponda

  • Certificado de empadronamiento conjunto
  • DNI
  • Declaración de la renta del año anterior o certificación negativa de ésta.

En el caso de personas extranjeras deberán acreditar un mínimo de 183 días de convivencia en el país. La cobertura será hasta que la persona vuelva a trabajar o supere un nivel de ingresos superiores a 8.980 €/año.

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