{"id":846,"date":"2010-12-16T09:24:35","date_gmt":"2010-12-16T08:24:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.nostrum.es\/blog\/?p=846"},"modified":"2010-12-07T11:23:22","modified_gmt":"2010-12-07T10:23:22","slug":"irpf2010-y-2011-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nostrum.es\/blog\/2010\/12\/16\/irpf2010-y-2011-2\/","title":{"rendered":"Planificando el IRPF (5). Capital Mobiliario"},"content":{"rendered":"<h2><a href=\"http:\/\/www.nostrum.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2010\/12\/taxes02.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignright size-full wp-image-953\" title=\"taxes02\" src=\"http:\/\/www.nostrum.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2010\/12\/taxes02.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"225\" \/><\/a>Rendimientos del capital mobiliario.<\/h2>\n<ul>\n<li>No se tributa por los primeros 1.500 euros de dividendos.<\/li>\n<li>Todos estos rendimientos (procedentes de la participaci\u00f3n en fondos  propios de entidades y de la cesi\u00f3n de capitales a terceros), excepto  los at\u00edpicos (de la propiedad intelectual, de prestaci\u00f3n de asistencia,  de arrendamientos de bienes muebles, negocios o minas y los procedentes  de la cesi\u00f3n del derecho a la explotaci\u00f3n de la imagen) tributan en la  renta del ahorro, esto es, los primeros 6.000 euros al 19% y el exceso  al 21%, junto con las ganancias patrimoniales originadas por  transmisiones.<\/li>\n<li>Retribuciones en especie del capital mobiliario: aunque en algunos  casos no ha sido pac\u00edfica la calificaci\u00f3n de los regalos que se  entregaban por abrir un dep\u00f3sito, domiciliar la n\u00f3mina o aportar a un  plan de pensiones, en general se califican como rendimientos del capital  mobiliario y la entidad gestora o financiera debe realizar un ingreso a  cuenta que podremos restarnos en nuestra declaraci\u00f3n por IRPF. Sin  embargo, si la entidad realiza un sorteo, por ejemplo entre impositores,  y nos toca, el premio se calificar\u00e1 como ganancia patrimonial.<\/li>\n<li>Compensaciones: seg\u00fan el PLPGE 2011, para 2010 se podr\u00e1n obtener  compensaciones y en los mismos t\u00e9rminos que en 2009, si se perciben  ciertos rendimientos del capital mobiliario.\n<ol>\n<li>La compensaci\u00f3n es aplicable para aquellos contribuyentes que hayan  obtenido rendimientos por cesi\u00f3n de capitales a terceros (intereses de  dep\u00f3sitos o de bonos, por ejemplo) u obtenido rendimientos de  operaciones de seguro calificados como rendimientos de capital  mobiliario, obtenidos en m\u00e1s de 2 a\u00f1os, siempre que el producto hubiera  sido contratado antes del 20 de enero de 2006.<\/li>\n<li>La compensaci\u00f3n se cifra en la diferencia entre la tributaci\u00f3n de  esos rendimientos con la norma actual, esto es, integr\u00e1ndolos entre s\u00ed y  aplic\u00e1ndoles el 19% o, en su caso, el 21%, y la tributaci\u00f3n a que  habr\u00edan sido sometidos en caso de aplicarles las reducciones del 40 \u00f3  del 75% y gravarlos, con el resto de rentas, en la base liquidable  general. Recordamos que, en general, estos rendimientos irregulares del  capital mobiliario se reduc\u00edan un 40% cuando su per\u00edodo de generaci\u00f3n  superaba los 2 a\u00f1os y, si proven\u00edan de un seguro, se reduc\u00edan un 75%  cuando el per\u00edodo de generaci\u00f3n superaba los 5 a\u00f1os.<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<li>Intereses de sociedades con las que tenemos vinculaci\u00f3n: si por  ejemplo hemos hecho un pr\u00e9stamo a una sociedad que administramos o en la  que participamos, al menos en un 5%, los intereses de ese pr\u00e9stamo  habremos de valorarlos a mercado. Adem\u00e1s, dichos intereses formar\u00e1n  parte de la base del ahorro s\u00f3lo hasta cierto limite, hasta los  correspondientes a un pr\u00e9stamo que no sobrepase los fondos propios de la  entidad proporcionales a nuestra participaci\u00f3n multiplicados por 3.<\/li>\n<li>A partir del 24 de septiembre de 2010, en las reducciones de capital  de las sociedades de inversi\u00f3n de capital variable (SICAV) que tengan  por objeto la devoluci\u00f3n de aportaciones, el importe obtenido o el valor  de mercado de los bienes o derechos percibidos tributa como  rendimientos del capital mobiliario con unos l\u00edmites, el exceso minorar\u00e1  el valor de adquisici\u00f3n hasta dejarlo a cero y, si a\u00fan se hubiera  percibido m\u00e1s, ese exceso tambi\u00e9n ser\u00e1 rendimiento del capital  mobiliario.<\/li>\n<li>Cuando se distribuya prima de emisi\u00f3n todo lo percibido se considerar\u00e1 rendimiento del capital mobiliario.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Consejos:<\/h3>\n<ol>\n<li><em>En la medida de lo posible traslade la percepci\u00f3n de rendimientos  del capital mobiliario a 2011, y as\u00ed diferir\u00e1 su tributaci\u00f3n. Esto ser\u00e1  a\u00fan m\u00e1s interesante si consigue, de esa manera, no alcanzar una base  liquidable del ahorro de m\u00e1s de 6.000 euros, umbral por encima del que  entra en liza el tipo del 21%.<\/em><\/li>\n<li><em>Si necesita liquidez y dispone de seguros que producen  rendimientos del capital mobiliario contratados antes de 20 de enero de  2006, con antig\u00fcedad superior a 5 a\u00f1os, resc\u00e1telos y podr\u00e1 aplicarse la  compensaci\u00f3n tributando s\u00f3lo por el 25% del rendimiento aunque sea a  tarifa general.<\/em><\/li>\n<li><em>Si es socio de una sociedad con m\u00e1s del 5% de sus participaciones  o es administrador, si es pariente hasta en tercer grado de un socio o  administrador y ha realizado operaciones con esa sociedad u otra del  grupo debe tener cuidado porque las operaciones realizadas con la  entidad son vinculadas y debe valorarlas a valor normal de mercado,  debiendo en algunos casos elaborar y conservar cierta documentaci\u00f3n..  Esto ser\u00eda aplicable, por ejemplo, a sueldos si se trabaja para la  compa\u00f1\u00eda, a los intereses de pr\u00e9stamos recibidos u otorgados a l<\/em>a sociedad o<em> a transmisiones o alquileres de inmuebles.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n<p>Ma\u00f1ana viernes continuaremos con la siguiente entrada<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Rendimientos del capital mobiliario. No se tributa por los primeros 1.500 euros de dividendos. 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