Facturas: Requisitos mínimos

Las facturas expedidas por empresarios o profesionales han de reunir una serie de requisitos mínimos obligatorios para que tengan validez. Como últimamente nos encontramos facturas que no los tienen los recordamos.

  1. Número y, en su caso, serie.
  2. Fecha de expedición
  3. Nombre y apellidos o denominación social completa del expedidor y del destinatario
  4. Número de Identificación Fiscal del expedidor y del destinatario
  5. Domicilio del expedidor y del destinatario
  6. Descripción de las operaciones en la que se consignen todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto.
  7. Tipo impositivo o tipos impositivos aplicados a las operaciones.
  8. Cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado.

Estos son los requisitos mínimos que debe tener una factura y que exige la legislación fiscal.

Independientemente de la legislación fiscal, la legislación mercantil exige que las sociedades indiquen en «toda su documentación» los datos de su inscripción registral, (artículo 24.1 del Código de Comercio) y su omisión es sancionable.

Asimismo determinadas normativas, de consumo, sanitaria, etc. obligan a detallar en las facturas determinadas circunstancias como, el desglose del importe de materiales y mano de obra en las reparaciones, el origen geografico de los productos de la pesca, etc.

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Imagen de www.morguefile.com

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