El pasado lunes día 5 de julio se ha celebrado la 8ª edición de The Monday Reading Club en Vigo. Como llevamos haciendo desde hace meses nos reunimos, a las 7 y media, en La Casa del Libro unas veinticinco personas con el ánimo de debatir, teniendo el marketing como eje central, sobre una gran diversidad de temas.
Creo que es una de las más interesantes y heterogéneas reuniones que se dan en Vigo.
Por invitación de Jesús López presenté, yo mismo Dalmiro Pérez, el libro “El Cisne Negro” de Nassim Nicholas Taleb, podeis consultar su web en este enlace. Un libro denso sobre gestión del riesgo y su influencia en la toma de decisiones que nos sirvió para iniciar un animado debate durante una hora larga. Después continuamos la conversación, rompiendo la tradición del Carballo, en una terraza de Montero Ríos como homenaje al calor veraniego que, por fin, nos ha alcanzado.
He colocado la presentación en un ppt al comienzo de este post, (también lo podéis ver en la web de slideshare, donde podéis descargarla)
El libro trata sobre la capacidad de análisis de las personas, la influencia del azar en nuestras vidas y la mala percepción del riesgo de nuestras actividades.
El autor considera que periódicamente se producen una serie de “cisnes negros”, sucesos que reunen tres caracteristicas: son sucesos con gran rareza, que tienen un impacto extremo y que solo son predecibles retrospectivamente.
Para amenizar el tema os pongo un enlace sobre números, fractales y naturaleza.
Quisiera animaros a apuntaros en la página de Facebook del Monday y a asistir a la próxima convocatoria que se realizará en el mes de septiembre.
Por ultimo mi ánimo y agradecimiento a Jesús López, José Alcañiz, Nico Castro, José Manuel Alarcón y a Javier Varela por ser el alma de estos encuentros.
Consideramos que el coste de los materiales engloba:
a) el coste de las materias primas consumidas en el proceso industrial y
b) el coste de materiales adquiridos a terceros
Para obtener el coste de las materias primas consumidas en una operación de transformación debemos tener en cuenta los siguientes factores:
Es el factor más directo. Se puede utilizar directamente el precio de compra o hacer hipótesis dependiendo de la variabilidad del mismo en el tiempo.
Se debe calcular un porcentaje que incluya las pérdidas de materiales. Los factores a tener en cuenta son: caídas al suelo, robos, diferencia entre cantidades anunciadas y recibidas, pérdidas por cambios de fabricación (en una máquina de inyección de plástico, siempre que se cambia el material, hay pérdidas hasta que se limpien las cabezas inyectoras) y material no utilizable por obsolescencia.
Esta tasa es bastante estable en una industria.
También se calcula como un porcentaje que suele ser bastante estable para cada industria. Corresponde a aquellas materias primas que han sido compradas y transformadas pero no van a ser nunca vendidas. Normalmente corresponden a fabricaciones malas no recuperables.
Porcentaje de gastos financieros que nos permite cubrir el tiempo de permanencia de los stocks en almacén y en el proceso productivo así como la diferencia de días entre los cobros de clientes y los pagos a proveedores.
Porcentaje que permite cubrir el conjunto de gastos ligados a la gestión de compras. Si nos referimos a los departamentos de una empresa serán: Aprovisionamientos, Control de Recepción, Calidad de Proveedores, Contabilidad de Proveedores y Almacén de Materias Primas. El 100% del coste de estos departamentos así como el coste del transporte de compras deben ser aplicados al coste de materiales por el método de aplicación de un porcentaje. Suele ser bastante estable.
Los factores a tener en cuenta para obtener el coste de los materiales adquiridos a terceros consumidos en una operación de transformación son los mismos.
El esquema para obtener el Coste de los Materiales es el siguiente:
(1) Precio de materia prima
(2) Pérdidas que es un porcentaje de (1)
(3) Rechazos que es un porcentaje de (1)
(4) Gastos de Aprovisionamiento que es un porcentaje de la suma de (1) + (2) + (3)
(5) Gastos financieros que es un porcentaje de la suma de (1) + (2) + (3)
(6) Total Coste Materias Primas es igual a la suma de los anteriores (1) + (2) + (3) + (4) + (5)
De forma similar deberíamos actuar cuando compramos los materiales a terceros; su esquema sería el siguiente
(11) Precio de Materiales adquiridos a terceros
(12) Pérdidas que es un porcentaje sobre (11)
(13) Rechazos que es porcentaje sobre (11)
(14) Gastos de Aprovisionamiento que son un porcentaje sobre la suma de (11) +(12) + (13)
(15) Gastos financieros que es un porcentaje de la suma de (11) +(12) + (13)
(16) Total Coste Materiales adquiridos a terceros es la suma de lo anterior (11) +(12) + (13) + (14) + (15)
(20) TOTAL COSTE DE MATERIALES es igual a la suma de las dos partes (6) + (16)
En la próxima entrega se empezará a desarrollar el valor añadido. Ver entrada anterior
Como ya sabéis el próximo 1 de julio los tipos de IVA vigentes en la actualidad, del 7 y 16%, pasarán a ser del 8 y 18% respectivamente, permaneciendo invariable el tipo del 4%.
Os comentamos los criterios a aplicar en aquellos casos en que puedan surgir dudas de acuerdo con las consultas realizadas a la Dirección General de Tributos (DGT)
El tipo aplicable vendrá determinado por el devengo, siendo en este caso la fecha de puesta a disposición de los bienes o la prestación del servicio. Por lo que si una mercancía o servicio se entrega o realiza en junio y la factura se emite en julio, el tipo será el 7% o 16% y no el vigente el día de emisión de la factura.
Cuando se tenga que hacer una factura rectificativa, dicha factura tendrá el mismo tipo de IVA que se aplicó a la factura rectificada, aunque en la fecha de rectificación haya cambiado el tipo.
Si a final de 2010 se aplicara un descuento por volumen de operaciones realizadas en todo el ejercicio, se tendrá que aplicar proporcionalmente los distintos tipos vigentes en el año en proporción a las operaciones realizadas en el primer y segundo semestre.
En éstas operaciones el devengo se produce en el momento en el que sea exigible el pago, por ej. un arrendamiento de local de los meses de junio y julio de este año que se paga el último día de julio, el tipo será el 18%. Sin embargo, si el alquiler se paga el primer día del período, 1 de junio, el tipo aplicable sería el 16%.
Cualquier duda que tengáis preguntarla que para eso está el twitter
La Xunta ha convocado las subvenciones para contratación de este año (DOG nº 86)
Como todos los años hay diversos programas de subvenciones
Para parados en alguna de las situaciones siguientes
Cuantía entre 4000 y 6000 euros según características.
La microempresas que hayan transformado contratos temporales en indefinidos desde el 16-09-2009 hasta el 30-06-2010
Cuantía entre 2000 3000 euros según caracteristicas
El resto de las empresas que quieran escoger esta modalidad han de haber realizado una contratación indefinida de las señaladas en el punto 1
Contratos de interinidad realizados con desempleados y para sustituir a trabajadores en excedencia por cuidados de familiares
Cualquier duda preguntarla
Nos hemos enterado que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social en el proyecto de Orden de desarrollo del RD 404/2010 incorpora como novedad más significativa la posible ampliación del plazo para presentar las solicitudes por las empresas hasta el próximo 15 de junio.
La publicación del texto definitivo debería aparecer publicada en el BOE en los próximos días.
La Seguridad Social ha aprobado una bonificación en las cotizaciones profesionales a las empresas que han desarrollado medidas de prevencion.
1.-Beneficiarios:
Todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales.
2.- Periodo de observación:
Número de ejercicios naturales consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud que no hayan formado parte de una solicitud anterior, con un máximo de 4 ejercicios.
En el año 2010 tendrá lugar el reconocimiento y el abono de los incentivos correspondientes al año 2009.
3.- Aplicación y cuantía del incentivo:
Empresas cuya cotización en el periodo de observación es superior a 5000 euros
Hasta el 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación, o bien hasta el 10% si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo, con el límite, en ambos casos, de las inversiones efectuadas.
“Pequeñas empresas beneficiarias” cuya cotización en el periodo de observación máximo de cuatro ejercicios, no hayan superado los 5.000 euros
Tendrá como límite máximo 250 euros para el primer periodo de observación, que se elevará a 500 euros en el segundo periodo y siguientes.
4.-Requisitos:
- Haber realizado inversiones documentadas y cuantificadas, en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales durante el periodo de observación.
- Haber cotizado a la Seguridad Social durante el periodo de observación un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5000 euros.
- No rebasar en el periodo de observación los límites de siniestralidad que se establezcan para la actividad de la empresa.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social.
- No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social.
- Acreditar el cumplimiento de actividades preventivas básicas y la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
- Acreditar el desarrollo o la realización, durante el periodo de observación, de dos, al menos, de las siguientes acciones:
5.- Plazo de presentación de las solicitudes:
Desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo de cada año, las empresas podrán presentar su solicitud en la mútua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.
En el presente trabajo se tratará de analizar la descomposición de los costes de producción de un producto.
Para ello vamos a partir de una de las principales finalidades del cálculo de costes como es la descomposición del precio de venta.
El esquema básico es el siguiente:
ESQUEMA GENERAL DE DESCOMPOSICIÓN DEL PRECIO DE VENTA EN UNA EMPRESA INDUSTRIAL
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** MATERIALES
Materias Primas
Componentes adquiridos a terceros
Gastos de aprovisionamiento Materiales
** VALOR AÑADIDO
Coste de la Mano de Obra Directa (MOD) (tiempo x tasa horaria MOD)
Coste de las máquinas/instalaciones (tiempo x tasa horaria Máquina)
** COSTES DESARROLLO INDUSTRIAL
Diseño, Proyecto, Ensayos, etc
** GASTOS GENERALES
Administración, Calidad, Comerciales, Informática, Personal, etc
** OTROS
Gastos financieros
Costes logística
Costes transporte
Costes embalaje
** MARGEN PRODUCTO
La obtención, en una empresa industrial, de un esquema de estas características nos permite obtener el precio de venta deseado para un nuevo producto.
Y aún más, por comparación entre el precio de venta real y el precio de coste con margen, podemos obtener cuales son los productos más rentables.
Y si lo aplicamos a todos los productos que fabricamos y estos los tenemos clasificados por familias, podemos graficar los resultados muy fácilmente.
Pero antes, tendremos que profundizar en los diferentes conceptos que entrar a formar parte de la descomposición del coste de un producto. Veremos que nos encontraremos con bastantes problemas que tendremos que solucionar sin perder de vista un objetivo: Hacer comparables el precio de venta y el precio de coste con margen.
Comenzaremos en la próxima entrega por el desarrollo de los materiales
Muchas personas que tienen paginas web utilizan Google Adsense para financiar los gastos de mantenimiento de la misma. Ahora bien cuando se reciben las transferencias de Google se plantea la duda ¿que impacto suponen fiscalmente?
Vamos a intentar explicarlo de una manera muy sencilla.
Los servicios de publicidad a través de una página web son servicios empresariales a efectos fiscales. Quien los presta es un empresario a efectos de la AEAT.
Los servicios que le prestamos a Google Adsense son servicios prestados a una empresa extranjera (en concreto Google Inc., con sede en California,USA).
Los servicios prestados a empresas que radican fuera del territorio IVA del Reino de España (Canarias, Ceuta y Melilla no son territorio IVA) se emiten sin iva.
Entonces que tenemos que hacer:
Cuando recibamos los importes hemos de emitir una factura por dicho importe. Concepto Servicios de Publicidad prestados en www.lapaginaquesea.com
En dicha factura no hemos de repercutir el IVA ya que la empresa destinataria está en el extranjero.
En nuestras declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) no las hemos de incluir.
A efectos del IRPF son ingresos del ejercicio y habría que incluirlos en el modelo 130.
A efectos del Impuesto de sociedades son ingresos del ejercicio.
En el modelo 390 de Resumen del IVA del 2008 había que hacerlas constar en la casilla 110; en el modelo del 2009, cuando lo aprueben ya lo diré.
Cualquier duda que tengais preguntarla.
Hace unos días el premio Nobel de 2008 de Economía Paul Krugman decía en unas declaraciones que la economía española necesitaba una deflación relativa del 15% para salir de la crisis. Que los precios y los salarios eran insostenibles.
En las estadísticas de la OCDE España se encuentra en los últimos lugares de productividad.
La Unión Europea considera que el deterioro de productividad de los países de la Unión viene determinado porque la economía productiva incorpora menos factor “nuevas tecnologías” que en otras zonas económicas.
Se considera que si las empresas españolas emitiesen sus facturas en formato electrónico, en vez de formato papel, se produciría una ahorro de 12.000 (doce mil) millones de euros al año.
Asismimo que el ciclo de compraventa estuviese en formato electrónico (pedido, albarán, factura, contabilización, orden de pago, pago) el ahorro para las empresas de la Unión Europea sería de 50 BILLONES de euros al año.
Evidentemente aumentar nuestra productividad, mejorar nuestros sistemas y hacerlos mas sencillos, ser capaces de hacer más cosas en menos tiempo, aumentar la calidad de nuestros productos y servicios.
Ya en diciembre comentabamos que era imprescindible centrarnos en nuestro negocio y delegar las actividades auxiliares para superar la crisis económica que tenemos.
Hemos decidido iniciar una serie de entradas en este blog proponiendo determinadas prácticas que consideramos imprescindibles para cualquier empresa o profesional y que redundan rapidamente en la productividad general de la empresa.
Hoy vamos a comenzar con una propuesta.
Realizar vuestras facturas en PDF y firmarlas digitalmente, obtener el certificado de la FNMT, es gratuito, y usarlo para firmar vuestras facturas y enviarlas por correo electrónico.
Recibir toda la documentación que podais, (proveedores, bancos, etc) en formato electronico y archivarla en el ordenador.
La de tiempo que vais a ganar (por experiencia que viene del 2003) y para preguntas está el twitter ahí
El día 2 de mayo ha comenzado el plazo de presentación de la declaración del IRPF del 2008. Desde hace años la AEAT envía un borrador de declaración a las personas que lo solicitan, para que lo revisen y, si quieren, confirmen.
El borrador es una “ayuda” a la cumplimentación de la declaración, es preciso revisarlo siempre antes de confirmarlo.
Hemos de revisar los siguientes:
Situación familiar. ¿ha variado nuestra situación familiar? ¿nos hemos casado, separado, divorciado durante el año? ¿hemos tenido algún hijo?
Declaración ¿conjunta o separada? Hemos de escoger la que mas nos convenga.
Rentas del trabajo: ¿Están incluidas todas las percepciones que hemos percibido? Revisarlas con los certificados de las empresas. ¿Hemos pagado cuotas sindicales? ¿cuotas colegiales? ¿gastos de defensa jurídica? El borrador las desconoce y por tanto no las tiene en cuenta.
Aportaciones a partidos políticos: Existe el derecho a una reducción de hasta 600 euros y el borrador no tiene ese dato.
Inmuebles: ¿estan asignados correctamente? ¿las rentas se asignan a uno solo de los titulares cuando son conjuntos? ¿o al contrario?
Plazas de garaje: cuando tienen una referencia catastral diferente puede que el borrador no las considere parte de la vivienda habitual y nos las impute como renta.
Adquisición de vivienda: el borrador no contemplará los casos siguientes: los gastos de notaría y registro, los pagos a promotores antes de la compra, las aportaciones a cuentas vivienda cuando las constituimos.
Alquiler de vivienda: puede que tengamos derecho a una deducción por alquiler de vivienda y el borrador no la contemple.
Estos son unos puntos que debemos revisar antes de confirmar nuestro borrador de IRPF, y en caso de no estar conforme, corregirlo.
Ya sabeis cualquier duda que tengais preguntarla, para eso está el twitter.