Planes de pensiones

La Dirección General de Tributos ha emitido una consulta (V1867-10) sobre las aportaciones a planes de pensiones y el cobro de la prestación de los mismos. En ésta consulta fija los criterios sobre la aportación a planes de pensiones de personas ya jubiladas y sobre la fecha de solicitud de la prestación de jubilación del plan de pensiones.

Situación de jubilación

Las aportaciones a los planes de pensiones se pueden realizar hasta la obtención de la situación de jubilación de la persona. Ésta obtención de la situación se fija según las normas de la Seguridad Social y es independiente del tipo de pensión que se le otorgue y de la edad de la persona. El requisito es la incompatibilidad de la pensión con el trabajo por cuenta ajena o propia.

Cuando una persona está en situación de jubilación reconocida por la Seguridad Social no puede realizar aportaciones a planes de pensiones para cubrir la prestación de jubilación.

Las aportaciones que realice, después de estar jubilado, solo sirven para cubrir la prestación por fallecimiento o por dependencia.

Fecha de la solicitud de la prestación de jubilación en el plan de pensiones

La fecha de solicitud es independiente de la fecha del reconocimiento de la prestación de  jubilación por la Seguridad Social.

El beneficiario de la prestación puede solicitarla del plan de pensiones en el momento que estime oportuno siempre que las condiciones del plan de pensiones suscrito lo permitan.

Límites para las aportaciones a planes de pensiones

Los límites para el ejercicio 2010 son los siguientes:

Como límite máximo se aplicará la menor de las cantidades siguientes:

  • El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Este porcentaje será del 50 por 100 para contribuyentes mayores de 50 años.
  • 10.000 euros anuales. No obstante, en el caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior será de 12.500 euros.

Además, la base liquidable general no podrá resultar negativa como consecuencia de tal reducción.

Cualquier duda o consulta podeis hacerla por el facebook o por el twitter

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