Supresión del pago obligatorio de cuotas a las cámaras de comercio

Muchas empresas sabían de la existencia de las Cámaras de Comercio únicamente con la llegada del recibo anual, siendo un gran número de ellas las que no han utilizado nunca los servicios directos de estas Cámaras.

Pero según  el Real Decreto-Ley 13/2010 de fecha 3 de diciembre, publicado en el BOE nº 293:

“Estarán obligados al pago de la cuota cameral quienes ejerzan las actividades del comercio, la industria o la navegación y decidan libremente pertenecer a una Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación

Lo que hasta ahora era obligatorio pasa a ser voluntario.

Este Decreto tendrá efectos prácticos para los empresarios a partir del 2012, porque las entidades camerales pasarán este año los recibos correspondientes al año 2009.

En el año 2012 remitirán los del 2010, pero solo para las empresas de alta facturación y a partir del año 2013 a ninguna empresa a no ser que se produzca algún tipo de modificación.

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2 respuestas a Supresión del pago obligatorio de cuotas a las cámaras de comercio