Vivienda. Requisitos de aplicación del 4% de IVA

Hasta la reforma del IVA producida por el RDL 9/2011 que redujo el IVA de las viviendas nuevas del 8 al 4%, el tipo superreducido del 4% solo se aplicaba a las ventas de viviendas nuevas de protección oficial.

Ahora bien estas viviendas han de reunir una serie de características para poder beneficiarse del tipo superreducido

Requisitos para aplicar el 4% de IVA

La entrega de la vivienda debe efectuarse por un empresario o profesional, en caso contrario, si la vende un particular, tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Concepto Transmisiones Onerosas) (en adelante ITP)

Debe tratarse de viviendas terminadas y ser su primera entrega (la realizada por el promotor). En el caso de la segunda o ulteriores transmisiones (viviendas usadas) tributan por ITP.

Es necesario que los edificios o partes de los mismos que se transmiten sean aptos para su utilización como viviendas; se incluirán las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.

No se consideran edificios aptos para su utilización como viviendas las edificaciones destinadas a su demolición.

La entrega de la vivienda deberá producirse desde el 20 de agosto de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011.

¿Cuándo se devenga el IVA en la entrega de una vivienda?

El devengo del IVA en la entrega se produce, como regla general, en el momento de la puesta en poder y posesión del adquirente de la vivienda. Si se hubiese otorgado escritura pública, la puesta en poder y posesión se entiende realizada en el momento de su otorgamiento.

Cuando de la misma escritura resulta o se deduce claramente un momento distinto de puesta en poder y posesión de la vivienda entregada, el devengo se producirá en el momento en que efectivamente tenga lugar dicha puesta en poder y posesión del adquirente.

Pagos anticipados a cuenta de la vivienda

En los anticipos, el devengo del impuesto se produce en el momento en que se haga efectivo el pago de los mismos por lo que si se efectúan pagos hasta el 31/12/2011, el IVA será el 4%, con independencia de que, si nos entregan la vivienda el próximo año, el IVA correspondiente al importe restante del precio se devengue con la posterior entrega de la vivienda tributando al 8%.

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3 respuestas a Vivienda. Requisitos de aplicación del 4% de IVA