El borrador y los plazos de presentación del IRPF 2012

La utilización del borrador:

En 2012 podrán utilizar el borrador para declarar, además de los perceptores de rentas del trabajo, del capital mobiliario sujetos a retención, de Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención e imputación de rentas inmobiliarias con un máximo de dos inmuebles, como en 2011, también los contribuyentes que obtengan las siguientes rentas:

  • La renta básica de emancipación.
  • Subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
  • Otras subvenciones, excepto las que constituyan rendimientos de actividades económicas.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso a título oneroso de acciones o participaciones de IIC.
  • La imputación de rentas inmobiliarias con un máximo de 8 inmuebles (antes 2).
  • Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas cuando hayan sido atribuidos a los contribuyentes.

Novedades en la gestión:

  • La confirmación o suscripción del borrador por vía telemática puede hacerse desde el 2 de abril hasta el 1 de julio.
  • Si el resultado es a ingresar podrá domiciliarse el primer plazo o toda la cuota solo hasta el 26 de junio.
  • Las declaraciones del IRPF pueden presentarse del 24 de abril al 1 de julio si se hace por vía telemática, y desde el 6 de mayo al 1 de julio si se presenta de otra forma.
  • Las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio, que obligatoriamente se presentan por vía telemática, tienen un plazo de presentación desde el 24 de abril hasta el 1 de julio.
  • Si se domicilia el pago del Impuesto sobre el Patrimonio y si se domicilia la totalidad o el primer plazo del IRPF, el plazo de presentación termina el 26 de junio.
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